Zona del usuario
Email *
Clave *
Registrarse

Olvido de clave
Publicidad
Entrada Blog
CHOQUE DE TRENES

SEGUNDA ENTRADA DE LA SAGA

2009/11/05 | Por: MARIO GONZÁLEZ CUÉLLAR

Visitas: 48
Comentarios: 0

RESUMEN

Continuación de esta mirada a fondo al más reciente "choque de trenes" entre el Presidente Uribe y la Corte Suprema de Justicia por el tema del Fiscal General de la Nación.

SEGUNDA ENTRADA DE LA SAGA
¿GOLPE DE ESTADO DE LA JURISDICCIÓN CASTRENSE A LA JUSTICIA ORDINARIA?


El artículo 221 de la Constitución Nacional (modificado por el artículo 1o. del Acto Legislativo No. 2 de 1995) establece lo siguiente:

“De los delitos cometidos por los miembros de la fuerza pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las Cortes Marciales o Tribunales Militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar. Tales Cortes o Tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro”.

A la vez esa jurisdicción sui géneris que es la penal militar, de acuerdo con la organización del Estado dispuesta por la Constitución Nacional, no pertenece a la Rama Judicial del Poder Público sino a la Rama Ejecutiva, concretamente como parte del Ministerio de Defensa Nacional.

No han sido pocos los esfuerzos que nuestro sistema jurídico-legal ha debido desplegar para deslindar y distinguir la competencia entre la justicia ordinaria y la penal militar, por ejemplo a través de la jurisprudencia de las altas cortes (como la Sentencia C-358 de 1997 de la Corte Constitucional), eso –entre otras cosas– para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la parte final del artículo 213 de la Constitución, que establece: “...En ningún caso los civiles podrán ser investigados o juzgados por la justicia penal militar”.

Por eso no sólo no puede ser bien visto, sino –por el contrario– motivo de especial preocupación, la presión que hace el Presidente Uribe en mantener dentro de la actual terna para Fiscal General de la Nación a un ex ministro de Defensa como es Camilo Ospina quien parece ser su “ungido” para ese cargo por sustracción de materia en relación con los otros dos ternados que por muy abogados, probos y dignos no tienen nada qué hacer aspirando a ese cargo como bien lo sabe el Presidente.

Puede que Ospina no sea militar activo o retirado pero su relativamente reciente paso (en el primer período presidencial de Uribe) nada más ni nada menos que por la cartera de defensa y las decisiones administrativas que tomó en dicho cargo como aquellas que le dieron vida a los incentivos por resultados para la fuerza pública que degeneraron en los llamados “falsos positivos” (cuyas investigaciones, por cierto, le corresponden precisamente al Fiscal General de la Nación por ser del resorte de la justicia ordinaria que no de la penal militar), hacen que la sola postulación de Ospina acuse un conflicto de intereses, sin contar con que represente una peligrosa “infiltración”, por decirlo así, de la justicia penal militar dentro de la justicia ordinaria o, por lo menos, de hacerle “conejo” a ésta última.

Sin perjuicio de lo anterior, no dudo un segundo que Ospina tenga las calidades que le resalta actualmente el Presidente Uribe, y a eso vale agregar toda su experiencia y cercanía respecto al estamento militar, pero entonces debería dejarlo el primer mandatario “en remojo” para un organismo de inminente creación, prevista cuando se convierta en Ley de la República el Proyecto No. 111/06 Senado y 144/05 Cámara (por el cual se crea el nuevo Código Penal Militar) que sólo está pendiente de sanción presidencial y que se supone debe entrar a regir el próximo año. Dicha reforma, que fue propuesta por el propio Ospina siendo ministro de defensa, en esencia hace extensivo a la jurisdicción castrense el llamado Sistema Penal Acusatorio (ya implementado en la justicia ordinaria mediante la Ley 906 de 2004) e incluye precisamente la creación de una Fiscalía General Penal Militar, y para su dirección el Presidente debería considerar que está “ni mandado a hacer” Camilo Ospina en vez de pretender acuñarlo a la fuerza como próximo Fiscal General de la Nación dentro de la Justicia ordinaria... ¡Claro, si es que no hay una soterrada intención en cuanto a esto último!


Ayuda Reporte este contenido
Comente: Espacio para que nuestros usuarios comenten y opinen constructivamente de los temas y/o contenidos de la comunidad.
Califique
Comentarios   
 
Perfil autor
Abogado. Especialista en Procedimiento Penal Constitucional y Justicia Militar. Diplomado en Argumentación Jurídica. Diplomado en Sistema Penal Acusatorio. Diplomado en Formación en Investigación. Cursos en Derecho Internacional Humanitario aplicado a los Conflictos Armados (DICA) y Derechos Humanos (DDHH). mgcjuridic@gmail.com
Publicidad